Categorías
MR446A-VIÑEDOS 2026.
AYUDA máxima hasta 99%
OBJETO
Ayudas a la reestructuración y reconversión del viñedo en Galicia para incrementar la competitividad de las explotaciones vitícolas, adaptar el cultivo del viñedo al cambio climático y hacerlo medioambientalmente más sostenible.
CUANTÍAS DE LA AYUDA
GASTOS SUBVENCIONABLES
- Reconversiones varietales.
- Reubicación de viñedos.
- Replantación de viñedos tras el arranque obligatorio por motivos sanitarios.
- Mejoras en las técnicas de gestión de viñedos.
EXENTO DE SUBVENCIÓN:
- Renovación normal de los viñedos
- Las superficies que hayan sido beneficiadas de esta ayuda en las últimas 10 campañas
- Gestión cotidiana de un viñedo.
- Protección contra daños por caza, pájaros o granizo.
- Construcciones de cortavientos.
- Vías de acceso y elevadoras
- Adquisición de tractores o cualquier otro vehículo de transporte.
- Ni el arranque ni la pérdida de ingresos tras el arranque por motivos sanitarios.
- Las superficies plantadas con una autorización de nueva plantación, durante los primeros 5 años desde la fecha de plantación.
- Instalación de sistemas de riego
- Acciones ejecutadas con material de segunda mano.
- Costes de arranque no generados por el arranque efectuado en la aplicación de la operación de reestructuración.
- IVA
- Reestructuración y reconversión de viñedos en aquellas ha. de regadío donde el/la solicitantes haya sido sancionad@ en materia de agua por hacer un uso ilegal de este recurso
CARACTERÍSTICAS
- Las solicitudes podrán se individuales o colectivas.
- Mínimo para reestructurar o reconvertir en solicitudes individuales 0.2 ha.
- Mínimo para reestructurar o reconvertir en solicitudes colectivas 1 ha.
- Superficie máxima en ambos casos 5 ha.
CRITERIOS:
– Inscritas en el registro de operadores de producción ecológica para el cultivo del viñedo.
– Inscritas en el registro de operadores de producción integrada en el cultivo del viñedo.
– Formen parte de una ATRIA u otra entidad equivalente.
– Menor de 40 años.
– Que en el año natural inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud contrataran un seguro agrario en su explotación, para el cultivo del viñedo.
BENEFICIARIOS
- Personas viticultoras y futuras viticultoras cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación y que cumplan con la normativa vigente en materia de plantaciones de viñedo.
- Las personas viticultoras cuyas solicitudes de ayuda hubiesen sido aprobadas en convocatorias anteriores del Programa de apoyo al sector vitivinícola, excepto:
- Renunciaron a la ayuda de una operación solicitada, una vez aprobada, excepto que comunicaran su renuncia en el plazo de 10 días desde su notificación.
- No solicitaron el pago de una operación aprobada, una vez finalizado el plazo para presentar la solicitud de pago dentro del segundo ejercicio financiero posterior al que se solicitó la ayuda.
- No ejecutaron una operación aprobada para la que solicitaron el pago.
- No crear artificialmente las condiciones exigidas para cumplir los criterios de admisibilidad o de prioridad establecidos en la normativa.
- Las comunidades de bienes o sociedades civiles.
- El ámbito territorial de las solicitudes no será superior al de una provincia, excepto que se haga en terrenos de una denominación de origen o indicación geográfica protegida
- Será obligatorio, en todas las plantaciones, el empleo de portainjertos certificados.
PLAZOS
PLAZO DE SOLICITUD: Desde 30/03/2026 al 27/04/2026.
TIPO DE APOYO: Régimen de concurrencia competitiva. Por puntos.
