SISUBVENCIONES – Asesoramiento y gestión de subvenciones a particulares, pymes, cooperativas y emprendedores

Categorías

MR446A-VIÑEDOS 2026.

AYUDA máxima hasta 99%

OBJETO

Ayudas a la reestructuración y reconversión del viñedo en Galicia para incrementar la competitividad de las explotaciones vitícolas, adaptar el cultivo del viñedo al cambio climático y hacerlo medioambientalmente más sostenible.

CUANTÍAS DE LA AYUDA

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Reconversiones varietales. 
  • Reubicación de viñedos. 
  • Replantación de viñedos tras el arranque obligatorio por motivos sanitarios. 
  • Mejoras en las técnicas de gestión de viñedos. 

 

EXENTO DE SUBVENCIÓN:  

  • Renovación normal de los viñedos 
  • Las superficies que hayan sido beneficiadas de esta ayuda en las últimas 10 campañas 
  • Gestión cotidiana de un viñedo. 
  • Protección contra daños por caza, pájaros o granizo. 
  • Construcciones de cortavientos. 
  • Vías de acceso y elevadoras 
  • Adquisición de tractores o cualquier otro vehículo de transporte. 
  • Ni el arranque ni la pérdida de ingresos tras el arranque por motivos sanitarios. 
  • Las superficies plantadas con una autorización de nueva plantación, durante los primeros 5 años desde la fecha de plantación. 
  • Instalación de sistemas de riego 
  • Acciones ejecutadas con material de segunda mano. 
  • Costes de arranque no generados por el arranque efectuado en la aplicación de la operación de reestructuración. 
  • IVA 
  • Reestructuración y reconversión de viñedos en aquellas ha. de regadío donde el/la solicitantes haya sido sancionad@ en materia de agua por hacer un uso ilegal de este recurso

CARACTERÍSTICAS

  • Las solicitudes podrán se individuales o colectivas. 
  • Mínimo para reestructurar o reconvertir en solicitudes individuales 0.2 ha. 
  • Mínimo para reestructurar o reconvertir en solicitudes colectivas 1 ha. 
  • Superficie máxima en ambos casos 5 ha. 

CRITERIOS: 

– Inscritas en el registro de operadores de producción ecológica para el cultivo del viñedo. 

– Inscritas en el registro de operadores de producción integrada en el cultivo del viñedo. 

– Formen parte de una ATRIA u otra entidad equivalente. 

– Menor de 40 años. 

– Que en el año natural inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud contrataran un seguro agrario en su explotación, para el cultivo del viñedo. 

 

 

BENEFICIARIOS

  • Personas viticultoras y futuras viticultoras cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación y que cumplan con la normativa vigente en materia de plantaciones de viñedo. 
  • Las personas viticultoras cuyas solicitudes de ayuda hubiesen sido aprobadas en convocatorias anteriores del Programa de apoyo al sector vitivinícola, excepto:  

 

  1. Renunciaron a la ayuda de una operación solicitada, una vez aprobada, excepto que comunicaran su renuncia en el plazo de 10 días desde su notificación. 
  1. No solicitaron el pago de una operación aprobada, una vez finalizado el plazo para presentar la solicitud de pago dentro del segundo ejercicio financiero posterior al que se solicitó la ayuda. 
  1. No ejecutaron una operación aprobada para la que solicitaron el pago. 

 

  • No crear artificialmente las condiciones exigidas para cumplir los criterios de admisibilidad o de prioridad establecidos en la normativa. 
  • Las comunidades de bienes o sociedades civiles. 
  • El ámbito territorial de las solicitudes no será superior al de una provincia, excepto que se haga en terrenos de una denominación de origen o indicación geográfica protegida 
  • Será obligatorio, en todas las plantaciones, el empleo de portainjertos certificados. 

 

PLAZOS

PLAZO DE SOLICITUD:   Desde 30/03/2026 al 27/04/2026.

TIPO DE APOYO: Régimen de concurrencia competitiva. Por puntos.

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