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IG300F-25 IMPLANTACIÓN MEDIDAS ASG
AYUDA 80%
OBJETO
Puesta en marcha de proyectos individuales en los que una empresa implemente medidas de impacto en los factores ASG (ambientales, sociales y de gobernanza), específicamente diseñadas o adaptadas a su actividad.
Su objetivo es desarrollar e implantar soluciones avanzadas para la producción, transporte y distribución de materias primas, componentes, semielaborados y productos finales, orientadas a:
- Reducir el consumo de recursos naturales, agua y energía.
- Disminuir la generación de subproductos o residuos, fomentando su reutilización en otros procesos productivos.
- Impulsar la responsabilidad social empresarial y promover modelos de gobernanza más avanzados dentro de las organizaciones.
CUANTÍAS DE LA AYUDA
Importe mínimo | Subv. Máx./empresa. | Subv. Máx. solo consultoría/empresa |
3.000€ | 60.000€ | 30.000€ |
Para proyectos exclusivamente de consultoría dirigidos a un único objetivo de los 18 previstos, la subvención máxima por empresa será de 15.000 €. Los costes de certificación no se incluyen dentro de los límites establecidos para los gastos de consultoría. | ||
GASTOS SUBVENCIONABLES
a) Activos materiales e inmateriales: (contabilizados en el grupo 2):
- Sensores, equipos y sistemas para medición, monitorización y control de parámetros productivos y ambientales
- Hardware y software inteligente para ahorro de recursos, control de consumos hídricos o energéticos, reducción de residuos y desarrollo de dicho software (excluidos mantenimiento y canon digital)
- Nueva maquinaria o equipos destinados a la reutilización/reciclaje de residuos generados en la empresa, reducción de emisiones o recuperación hídrica.
b) Servicios de consultoría externa: (grupo 6):
- Diseño de procesos o productos más eficientes, ecodiseño, reingeniería de procesos, programas de RSC, gobernanza, gestión de riesgos ASG o certificación B Corp.
- Incluye costes de certificaciones específicas.
- No son subvencionables servicios rutinarios (asesoría fiscal, legal, publicidad, mantenimiento) ni colaboraciones sin resultados,
TIPO DE APOYO
Los proyectos deben orientarse a uno o varios de los 18 objetivos agrupados en cuatro áreas: global, ambiental, social y de gobernanza.
1. Globales
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- Auditoría y evaluación de riesgos ASG: identificación, diagnóstico y gestión de riesgos vinculados a factores ASG.
2. Consultoría y certificación B-CORP:
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- Evaluación de impacto B (EIB) completa con plan de mejoras.
- Verificación final y certificación (incluida la cuota del primer año).
- Recertificación (verificación y cuota del primer año). Las consultorías B-CORP deben contar con personal acreditado como acelerador o multiplicador B-CORP o demostrar experiencia previa en certificaciones.
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2. Ambientales
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- Reducción del consumo de recursos:
3. Disminución de recursos naturales, materias primas y semielaborados.
4. Mejora de la eficiencia energética (sistemas inteligentes de control y optimización, excluida la generación de energía).
5. Monitorización y control de procesos.
6. Medición y reducción de huella de carbono e hídrica,
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- Gestión de residuos:
7. Reducción y reutilización de residuos y subproductos.
8. Clasificación y valorización de residuos.
9. Diseño de envases y embalajes ecoeficientes.
10. Consultoría y certificación de ecodiseño (ISO 14006).
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- Análisis del ciclo de vida:
11. Criterios de sostenibilidad en compras.
12. Estrategias de diseño sostenible «de la cuna a la cuna».
BENEFICIARIOS
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo a los empresarios autónomos, que cuenten con un centro de trabajo en Galicia donde se realice el proyecto.
No podrán ser beneficiarias:
- Empresas que presten servicios o suministren equipos similares a los solicitados en la ayuda.
- Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica propia (excepto autónomos con actividad empresarial).
- Empresas que se encuentren en las situaciones previstas en el artículo 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007.
- Empresas sujetas a una orden de recuperación pendiente por ayudas declaradas ilegales e incompatibles con el mercado común.
- Empresas solicitantes de subvenciones superiores a 30.000 € que incumplan los plazos de pago de la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad.
Exclusiones:
Según el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión (13/12/2023), que regula la aplicación de las ayudas de minimis conforme a los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, se excluyen de estas ayudas las siguientes actividades:
a) Producción agrícola primaria y producción primaria de productos de pesca y acuicultura.
b) Actividades realizadas en la explotación o a bordo, necesarias para preparar un producto
agrícola, pesquero o acuícola para su primera venta o su venta inicial a revendedores o transformadores.
PLAZOS
PLAZO DE SOLICITUD: Desde 05/08/2025 hasta 30/09/2025 a las 14:00h.
PLAZO DE EJEC/ JUSTF: Desde 01/01/2025 hasta 9 meses desde la fecha de resolución máx. 30/09/2026
Anualidad 2025: máx 30/10/2025
TIPO DE APOYO: Por orden de entrada y expediente completo.