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IG408A-INVERSIÓN EMPRESARIAL GENERAL 2025
AYUDA MÁXIMA 35%
OBJETO
Impulsar la dinamización económica en la Comunidad Autónoma de Galicia, fomentando la innovación y el crecimiento empresarial mediante la mejora y expansión de las empresas existentes, así como a través de la creación y puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales.
CUANTÍAS DE LA AYUDA
(INVERSIÓN MÍNIMA 50.000€ - MÁXIMA 800.000€)
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- Empresas de tamaño pequeño: hasta un 35%.
- Empresas de tamaño mediano: hasta un 25%.
Para los sectores industriales del carbón, acero, ferroaleaciones, así como en el sector del transporte e infraestructuras conexas, la intensidad de la ayuda será:
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- Empresas de tamaño pequeño: hasta un 20%.
- Empresas de tamaño mediano: hasta un 10%.
ACTIVIDADES FINANCIABLES
Se contemplan las siguientes actuaciones como susceptibles de financiación:
1. Creación de un nuevo establecimiento.
2. Ampliación de la capacidad de un establecimiento ya existente.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Obra civil y otros conceptos inmobiliarios:
- Construcción, reforma o rehabilitación de instalaciones realizadas en inmuebles o terrenos de propiedad de la empresa solicitante, o sobre los que disponga de un derecho de superficie, concesión administrativa o contrato de arrendamiento con una vigencia mínima de cinco años desde la finalización del proyecto.
- Adquisición de edificaciones o construcciones, tanto nuevas como usadas.
Bienes de equipo:
- Maquinaria de proceso, instalaciones específicas para la maquinaria, utillaje (incluidos moldes, plantillas y troqueles), equipos y medios de transporte interno, vehículos especiales de transporte externo, así como bienes destinados a la protección medioambiental y otros equipos productivos.
Otras inversiones en activos fijos:
- Mobiliario, equipos informáticos y otros elementos que puedan ser considerados como inmovilizado.
Aplicaciones informáticas:
- Software directamente vinculado al proceso productivo.
Adquisición de activos de un establecimiento:
- Compra de activos pertenecientes a un establecimiento preexistente.
BENEFICIARIOS
Podrán ser beneficiarias las pequeñas y medianas empresas (PYMEs) que dispongan de un centro de trabajo en Galicia y que contribuyan financieramente al proyecto con, al menos, un 25% de la inversión total, sin que dicha aportación esté sujeta a ningún tipo de apoyo público.
PLAZOS
PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 21/01/2025 hasta 30/09/2025
PLAZO DE EJECUCIÓN: Desde la solicitud hasta máx. 31/03/2028 (la fecha máxima se indicará en la resolución).
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: 31/03/2028
TIPO DE APOYO: Por orden de entrada. Expediente completo