Categorías
IG408H - AYUDAS PARA LA ATRACCIÓN DE EMPRESAS A GALICIA 2025
OBJETO
Fomentar la ejecución de proyectos de inversión empresarial en Galicia, impulsando el crecimiento y la competitividad de las pymes en la región.
CUANTÍAS DE LA AYUDA
Subvención a fondo perdido con los siguientes porcentajes de financiación:
- Pequeñas empresas: 35%
- Medianas empresas: 25%
Excepción para sectores específicos (industria del carbón, acero, ferroaleaciones, transporte e infraestructuras conexas):
- Pequeñas empresas: 20%
- Medianas empresas: 10%
Los proyectos deberán encajar en una de las siguientes categorías:
- Proyectos de inversión empresarial con un presupuesto de entre 800.000 € y 10.000.000 €.
- Proyectos de inversión a partir de 100.000 €, siempre que impliquen la creación de al menos 25 empleos indefinidos a jornada completa (aplicable solo a las tipologías 1 y 2).
GASTOS SUBVENCIONABLES
A. Inversión en activos fijos (materiales o inmateriales, siempre nuevos):
- Obra civil e inversiones inmobiliarias relacionadas con el proyecto.
- Equipamiento y maquinaria, incluyendo instalaciones específicas, utillaje (moldes, plantillas, troqueles), equipos de transporte interno y vehículos especiales.
- Otros activos fijos, como mobiliario, equipos informáticos para procesos productivos y envases/embalajes considerados inmovilizado.
- Aplicaciones informáticas directamente vinculadas al proceso productivo.
- Adquisición de activos de un establecimiento en proceso de cierre, siempre que su adquisición garantice su continuidad.
- Se podrán subvencionar los salarios de los nuevos empleos creados, durante un periodo de 24 meses.
- A través de medios propios de la entidad beneficiaria.
- Mediante contratación externa en cualquiera de sus instalaciones.
- Se permite la teleformación siempre que se realice en una plataforma virtual de aprendizaje certificada.
BENEFICIARIOS
Pymes con al menos un centro de trabajo ubicado en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Exclusiones Generales
- Empresas con deudas en los plazos de pago establecidos en la Ley 3/2004 sobre morosidad en operaciones comerciales (para ayudas superiores a 30.000 €).
- Sectores excluidos por normativa europea, como:
- Producción y comercialización de productos agrícolas primarios.
- Pesca y acuicultura, según el Reglamento (UE) 1379/2013.
- Producción y distribución de energía e infraestructuras energéticas.
- Industria del tabaco (fabricación, transformación y comercialización).
- Sector de combustibles fósiles (producción, transformación, transporte y almacenamiento).
Inversiones No Subvencionables
- Construcción de centros de formación o infraestructuras residenciales para colectivos en riesgo.
- Clausura o construcción de centrales nucleares.
- Proyectos destinados exclusivamente a reducir emisiones de gases de efecto invernadero.
- Infraestructuras aeroportuarias.
PLAZOS
PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 07/02/2025 hasta 30/09/2025
PLAZO DE EJECUCUCIÓN: Desde solicitud hasta plazo indicado en resolución máx. 24 meses ( Máx. 31/03/2028)
TIPO DE AYUDA: Por orden de llegada y EXPEDIENTE COMPLETO