SISUBVENCIONES – Asesoramiento y gestión de subvenciones a particulares, pymes, cooperativas y emprendedores

Categorías

MR701L - LEADER 2025

ANTICIPO 50%

OBJETO

impulsar el desarrollo económico, social y ambiental del medio rural, mediante la financiación de proyectos que fomenten la diversificación económica, la mejora de la calidad de vida, la sostenibilidad y la dinamización del territorio, en el marco de la estrategia de desarrollo local participativo que cada GDR (Grupo de Desenvolvemento Rural) aplica en su zona de actuación.

CUANTÍAS DE LA AYUDA

Tipo de Proyecto 

Porcentaje subvencionable 

Importe máximo 

Proyectos productivos 

15% – 50% 

200.000 € 

Proyectos no productivos 

30% – 90% 

200.000 € 

Bono Activa Rural 

 

18.000 € 

 

 
 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLE: 

Proyectos Productivos (con finalidad lucrativa) 

    • Se apoyarán inversiones orientadas a: 
    • Producción agraria primaria. 
    • Transformación y comercialización de productos agrarios. 
    • Transformación y comercialización de productos forestales (con subvención del 15% al 40% y un máximo de 200.000 €). 
    • Creación, modernización o ampliación de todo tipo de empresas que desarrollen actividades no agrarias. 

Proyectos No Productivos (sin ánimo de lucro) 

    • Son aquellos que, sin generar ingresos directos, aportan valor social, ambiental o cultural a la comunidad rural, y pueden ser desarrollados por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro. 

GASTOS SUBVENCIONABLES

Podrán considerarse   subvencionables los siguientes conceptos: 

    1. Obras y bienes inmuebles: 
      • Construcción, adquisición o mejora de edificios o instalaciones vinculadas al proyecto.
    2. Adquisición de terrenos
      • Hasta un límite del 10% del total de los gastos subvencionables. 
    3. Maquinaria y equipos nuevos: 
      • Incluye también los arrendamientos financieros (leasing) con opción de compra. 
    4. Inversiones intangibles: 
      • Programas informáticos. 
      • Desarrollo y creación de páginas web. 
      • Estudios técnicos, publicaciones o herramientas de digitalización de procesos productivos o administrativos. 
    5. Costes generales vinculados a la inversión: 
      • Honorarios técnicos de arquitectos, ingenieros o asesores. 
      • Estudios de viabilidad y sostenibilidad ambiental o económica. 
      • Límite: hasta el 12% del coste total subvencionable de la operación a la que estén vinculados. 
    6. Gastos administrativos y legales: 
      • Notaría, registros, licencias administrativas, derechos de propiedad intelectual (marcas, patentes…).  
      • La suma de los gastos generales más los legales no podrá superar el 20% del total subvencionable del proyecto. 
    7. Medios de transporte y equipos móviles, si están directamente relacionados con el desarrollo del proyecto. 

BONO ACTIVA RURAL

Una línea específica destinada para apoyar a personas físicas que:

 

      • Se den de alta como autónomos/as en el RETA.
      • Inicien una actividad económica no agraria en el medio rural.
      • Generen al menos un puesto de trabajo.

Características:

 

      • No es necesario justificar inversiones específicas.
      • La ayuda está vinculada al cumplimiento del plan empresarial presentado y al mantenimiento de la actividad durante mínimo 5 años desde la fecha de alta.
      • El plan deberá demostrar la viabilidad técnica y económica del proyecto.

Cuantía: Hasta 18.000 €, pagados en dos anualidades.

Esta ayuda se concede en concurrencia competitiva, y los proyectos presentados competirán en igualdad de condiciones con otros proyectos productivos.

BENEFICIARIOS

Personas físicas o jurídicas de carácter privado.

Entidades públicas de ámbito local o comarcal (ayuntamientos, mancomunidades, consorcios y organismos dependientes).

Comunidades de montes vecinas y más común y sus mancomunidades.

PLAZOS

PLAZO DE SOLICITUD:  Del 1 al 30 de mayo de 2025 

PLAZO DE EJECUCIÓN : Proyectos de una anualidad: hasta el 15 de octubre de 2025. 

Proyectos de dos anualidades: 

                    • 1ª anualidad: hasta el 15 de octubre de 2025 
                    • 2ª anualidad: hasta el 15 de julio de 2026 
    En todo caso, el plazo máximo de ejecución y justificación será de 18 meses desde el Acta no Inicio 

TIPO DE AYUDA: Por puntos.

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