SISUBVENCIONES – Asesoramiento y gestión de subvenciones a particulares, pymes, cooperativas y emprendedores

Categorías

TR341Q-PROGRAMA BONO AUTÓNOMO 2025

AYUDA 60% Máx. 7000

OBJETO

Programa del bono de las personas autónomas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, para impulsar la mejora de la competitividad mediante inversiones relacionadas directamente con su negocio.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Mejora de la competitividad a través de las siguientes inversiones:

    • Compra de maquinaria
    • Compra y/o instalación para la mejora de la eficiencia energética
    •  Inversiones para la sustitución de combustibles fósiles o materiales críticos o escasos
    •  Compra de utillaje y herramientas
    • Reforma del local del negocio
    • Equipamiento informático
    • Equipamiento de oficina y/o negocio
    •  Rótulos
    • Aplicaciones informáticas, páginas web, apps y redes sociales
    • Diseño de marca

Destino de los bienes subvencionados:

 

    •  Los bienes deben destinarse exclusivamente al fin para el cual se concedió la subvención.
    • Plazos mínimos de afectación:
        •  5 años para bienes inscribibles en un registro público.
        •  2 años para el resto de bienes.

Reforma del local del negocio:

 

    • Se excluye la ayuda si la reforma se realiza en el domicilio habitual del autónomo.
    • Excepción: Cuando se acredite que es imprescindible para el desarrollo de la actividad.

BENEFICIARIOS

Personas autónomas:

    •   >42 meses de antigüedad
    •   IRPF 2023:
        •  rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en la declaración del IRPF anual inferior a 50.000€
        • facturación mínima anual de 12.000 euros (IVA incluido)

SOCIEDADES de cualquier clase y comunidades de bienes:

    •    persona autónoma societaria con antigüedad ininterrumpida a fecha de solicitud > 42 meses.
    •    Facturación mínima 12.000€ (IVA incluido)
    •   Base imponible en el Impuesto de sociedades inferior a 50.000€ en el año 2023 (según casilla 552 IS) En el caso de tributar en régimen de rentas, el importe de 50.000€ se referirá a los rendimientos netos reducido de los rendimientos de actividad económica declaradas en el IRFP de la suma de todos los miembros de la entidad (modelo 184)

Exclusiones: No podrán ser beneficiarias de la ayuda las siguientes personas o entidades:

1. Personas autónomas colaboradoras y familiares:

        •   Aquellos que, de manera habitual, realizan trabajos para autónomos o mutualistas de colegio profesional.
        •   No deben tener la condición de trabajadores por cuenta ajena.

2. Personas autónomas administradoras:

        •    Salvo que formen parte de la sociedad con una participación superior al:
            •      25% de las participaciones, o
            •      33% del capital social.
        •   La participación deberá acreditarse mediante certificado del Registro Mercantil.

3. Personas autónomas beneficiarias anteriores:

        •   Aquellas que hayan recibido el bono autónomo en alguna de las cinco últimas convocatorias (2020-2024 incluidas).

4. Sociedades beneficiarias anteriores:

        •   Sociedades que hayan sido beneficiarias del bono autónomos en alguna de las cinco últimas convocatorias (2020-2024 incluidas).

PLAZOS

PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 24/01/2025 hasta el 30/09/2025

PLAZO DE EJECUCIÓN: Desde el 01/10/2024 hasta fecha de presentación de la ayuda (máx. 30/09/2025) 

    Inversiones efectivamente justificadas, mediante facturas y documentos bancarios acreditativos de su pago

TIPO DE AYUDA: Por orden de llegada (mínimis). Expediente completo

es_ESSpanish
Scroll al inicio