Categorías
TR342C-GALICIA EMPLEA
AYUDA HASTA 14.500€
CUANTÍA DE LA AYUDA
Incentivos a la contratación por cuenta ajena
1. Incentivos a la contratación indefinida inicial: Máx. 14.500€/persona
a) < 30 años: 6.000€
b) PLD (360 días es 540 días) : 6.000€
c) Emigrantes retornados o personas extranjeras: 6.000€)
d) ≥52 años:6.000€
e)Mujer: 6.000€
f) Discapacitados o Excl Social: 10.000€*
g) Mujer en ocupaciones masculinizadas:10.000€
Incrementos +15% /cada colectivo específico (acumulativos):
a) Centro trabajo en Concello rural **
b) > 45 años (no aplicable a >52)
c) Persona trans
*La cuantía será proporcional al tiempo efectivo de trabajo
*Excepto los siguientes: Cambre, A Coruña, Culleredo, Ferrol, Narón, Oleiros, Santiago de Compostela, Lugo, Barbadás, Ourense, Poio, Pontevedra, Vigo
2. Incentivos al incremento de jornada de las contrataciones indefinidas, de tiempo parcial a tiempo completo: Máx.
3.000€
- Puesto general: 2.000€
- En el caso de personas discapacitadas: 3.000€
3. Incentivos al incremento de la duración anual de los contratos fijo-discontinuos a un mínimo de 9 meses: 4.000€
4. Ayudas para la adaptación de puestos de trabajo: 1.000€ (realizadas antes de la solicitud)
TIPO DE APOYO
Línea 1: incentivos a la contratación por cuenta ajena
a) Incentivos a la contratación indefinida inicial: contratos de definición indefinida y jornada completa (Excluidos fijos-discontinuos) En el caso de contrataciones de personas discapacitadas o en situación de riesgo de exclusión social, podrá ser a tiempo completo o parcial (min. 50%)
b) Incentivos al incremento de jornada de las contrataciones indefinidas, de tiempo parcial a tiempo completo :_será subvencionable cuando llegue al 100% de la jornada común o de la establecida en el convenio colectivo de aplicación. Debe producirse en el periodo subvencionable y con anterioridad o en la misma fecha de solicitud de la ayuda.
c) Incentivos al incremento de la duración anual de los contratos fijo-discontinuos a un mínimo de 9 meses:_ El incremento debe ser por lo menos del 50% sobre la duración inicial del contrato que se incrementa .Debe producirse en el periodo subvencionable y con anterioridad o en la misma fecha de la solicitud de la ayuda.
Los contratos a personas con discapacidad o en situación de riesgo de exclusión social podrán ser a tiempo completo o parcial.
d) Ayudas para la adaptación de puestos de trabajo o por la dotación de equipos de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales a las personas con discapacidad.
IMPORTANTE:
- Solo se podrá cambiar al trabajador en caso de baja voluntaria, jubilación o fallecimiento. En caso de despido, se tendrá que devolver la ayuda en su totalidad.
- ayudas para la adaptación de puestos de trabajo ( no del trabajador ) 36 meses
BENEFICIARIOS
- Personas autónomas que realicen contrataciones por cuenta ajena y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica. Las empresas con >50 trabajadores deberán cumplir con la cuota de reserva para personas con discapacidad de al menos, el 2%de los trabajadores.
- Centros especiales de empleo (excepto para contratos de personas con discapacidad).
- Empresas de inserción laboral (excepto contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social).
- Las contrataciones deben realizar en los centros de trabajo en Galicia y a partir del 01/10/2024 hasta 30/09/2025.
- Deberán estar inscrita como demandante de empleo en el SEPE.
PLAZOS
PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 31/01/2025 hasta 30/09/2025
TIPO DE AYUDA: Por orden de entrada ( minimis)