SISUBVENCIONES – Asesoramiento y gestión de subvenciones a particulares, pymes, cooperativas y emprendedores

Categorías

TR357B-C-D IMPLEMENTACIÓN DE RSE, IGUALDA LABORAL Y CONCILIACIÓN 2025

OBJETO

Esta orden tiene como finalidad establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas destinadas a pymes y personas trabajadoras autónomas con personal a cargo en la Comunidad Autónoma de Galicia, para el año 2025.

 

Los incentivos estarán dirigidos a:

 

        • Implantación de sistemas de gestión de Responsabilidad Social Empresarial (RSE). (Código de procedimiento TR357B)
        • Fomento de la igualdad laboral en las empresas. (Código de procedimiento TR357C)
        •  Adopción de medidas de corresponsabilidad y conciliación de la vida familiar, personal y laboral. (Código de procedimiento TR357D)

Esta convocatoria busca promover un entorno laboral más equitativo, favoreciendo la integración de políticas de igualdad, conciliación y responsabilidad social dentro del tejido empresarial gallego.

 

CUANTÍAS DE LA AYUDA

TR347B – Implantación de sistemas de gestión de Responsabilidad Social Empresarial (RSE).
 
    • Subvención 80% de los costes, con un máximo de 2.000 €/empresa.
    • Límite del 30% en gastos de consultoría.

TR357C – Elaboración e Implantación de Planes de Igualdad

 

Subvención 8.000 €/empresa. de:

 

 

    •  Diagnóstico previo de igualdad:
        • Máx. 3.000 € (para empresas de hasta 20 personas trabajadoras).
        •  Máx. 5.000 € (para el resto de los casos).
    • Elaboración del plan de igualdad:
        • Máx. 1.500 €/empresa (hasta 20 personas trabajadoras).
        • o Máx. 4.000 €/empresa (para empresas con más plantilla).
    • Implantación de medidas prioritarias en la primera fase del plan:
        • Máx. 1.000 €/empresa (hasta 20 personas trabajadoras).
          • Máx. 2.000 €/empresa (para empresas con más plantilla)
    • Contratación de personal experto en igualdad (mínimo un año de duración).
TR357C – Elaboración e Implantación de Planes de Igualdad
 
Ayudas por creación de empleo flexible:
 
      • 2.000 €/puesto de trabajo, máx. 8.000 €/empresa 
      •  +1.000 € extra si la empresa tiene tasa de ocupación femenina ≥ masculina.
      •  Presupuesto: 150.000 €
Implantación de medidas de conciliación:
 
      •  8.000 €/empresa
      • +1.000 € extra si la empresa tiene tasa de ocupación femenina ≥ masculina.
Financiación de inversiones en conciliación:
      •  80% del coste con un máx. de 1.500 €/trabajador beneficiario y hasta 20.000 €/empresa.
      •  +10% extra si la empresa tiene tasa de ocupación femenina ≥ masculina.

TIPO DE APOYO

TR347B – Implantación de sistemas de gestión de Responsabilidad Social Empresarial (RSE).

 

Se financiará la certificación, verificación o validación de códigos de conducta, normas o estándares relacionados con la Responsabilidad Social Empresarial (RSE), garantizando el cumplimiento de buenas prácticas en sostenibilidad, ética empresarial y gestión responsable.

 

Certificaciones elegibles:

 

    • Conciliación y bienestar laboral:
        • Empresa Familiarmente Responsable (EFR)
        • Sello Horarios Racionales (SHR)
    •  Sostenibilidad y gestión ambiental:
        • EMAS
        •  ISO 14000
        •  ISO 50001
    • Ética y gobernanza:
        • o Global Reporting Initiative (GRI)
        • o United Nations Global Compact (Pacto Mundial)
        • o ISO 37301 (Compliance Management Systems)
        • o SGE 21 (Gestión Ética y Socialmente Responsable)
        • o Global Accountability 1000 (AA 1000)
    •  Accesibilidad e inclusión:
        • BEQUAL (Discapacidad e inclusión laboral)
    • Seguridad y salud laboral:
        • ISO 45001
        •  SA 8000 (Condiciones laborales y derechos humanos)
        • IQNet SR10 (Responsabilidad Social Empresarial)
        • UNE-ISO 21401 (Sostenibilidad en alojamientos turísticos)

Límite de costes:

 

    •  Los gastos de consultoría asociados a la certificación no podrán superar el 30% del total subvencionable.

TR357C – Elaboración e Implantación de Planes de Igualdad

 

Empresas con una plantilla de entre 10 y 49 personas trabajadoras.

 

Acciones financiadas:

 

    1. Diagnóstico de igualdad en la empresa desde una perspectiva de género.
    2. Diseño y elaboración del Plan de Igualdad, incluyendo medidas correctivas basadas en el análisis previo.
    3. Implementación de las acciones recogidas en el Plan de Igualdad durante su primer año de vigencia.
    4. Contratación de personal especializado en igualdad (categoría GC 1 o 2), con:
      • Jornada completa y una duración mínima de 1 año.
      •  Titulación de grado y experiencia y/o conocimientos acreditados en materia de igualdad.

Compatibilidades:

 

La contratación de personal (apartado 4 es compatible con el diagnóstico, elaboración e implementación del Plan (apartados 1, 2 ,3)

 

Exclusiones: No podrán acceder a la ayuda para la contratación (apartado 4) las empresas de consultoría o asesoría que ofrezcan servicios de elaboración e implementación de Planes de Igualdad o formación en igualdad.

 

TR357D – Adopción de medidas de corresponsabilidad y conciliación de la vida familiar, personal y labora

 

1. Fomento del Teletrabajo (1 persona trabajadora)

 

Podrán acceder a la ayuda:

 

    • Empresas que formalicen un acuerdo de teletrabajo con una persona trabajadora de la empresa, con jornada completa y al menos 1 año de antigüedad, asegurando una duración mínima de 2 años en esta modalidad.
    • Empresas que contraten nuevo personal bajo un acuerdo de teletrabajo, con una duración mínima de 2 años a jornada completa.
Exclusión: Empresas del sector TIC (tecnologías de la información y la comunicación) no podrán optar a esta ayuda.
 

2. Fomento de la Flexibilidad Horaria (5 personas trabajadoras)

Se incentivará la adopción de medidas de flexibilidad horaria en empresas que las establezcan a través de acuerdos internos o convenios colectivos.

 

3. Adquisición de Equipamiento Tecnológico para el Teletrabajo (1 persona trabajadora)

 

Podrán beneficiarse:

 

    • Empresas que cuenten con un acuerdo de teletrabajo vigente en el momento de la solicitud.
Gastos subvencionables:
 
    • Ordenadores, dispositivos de acceso a internet y periféricos necesarios para el teletrabajo (como webcam, impresora, escáner y otros elementos de hardware).
    • El objetivo es facilitar la digitalización y la implantación de soluciones tecnológicas que favorezcan la conciliación laboral y personal.
No serán subvencionables: Software ni impuestos indirectos.
 
Restricciones:
 
      • Empresas del sector TIC no podrán solicitar la ayuda.
      •  Las ayudas para fomento del teletrabajo y flexibilidad horaria no son compatibles en la misma convocatoria

BENEFICIARIOS

Pymes, micropymes y autónomos con empleados por cuenta ajena, siempre que tengan domicilio social y centro de trabajo en Galicia.

 

Líneas II y III: También podrán solicitar la ayuda empresas con centros de trabajo en Galicia, aunque su domicilio social esté fuera de la comunidad.

 

Tasa mínima de estabilidad laboral:

      • Las entidades solicitantes deben mantener una tasa de estabilidad laboral igual o superior al 50% desde el 01/01/2025 y durante todo el periodo de ejecución de la ayuda.
      • Cálculo de la tasa: Solo se tendrán en cuenta los trabajadores con contrato indefinido a jornada completa.

Exclusiones: Empresas o grupos empresariales que ya hayan sido beneficiarios de estas ayudas en convocatorias anteriores para las mismas líneas o sublíneas.

 

PLAZOS

PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 01/02/2025 hasta 28/02/2025

PLAZO DE EJECUCIÓN: Desde 01/01/2025 hasta 31/10/2025

TIPO DE APOYO: Por puntos

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