Categorías
TR357B-C-D IMPLEMENTACIÓN DE RSE, IGUALDA LABORAL Y CONCILIACIÓN 2025
OBJETO
Esta orden tiene como finalidad establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas destinadas a pymes y personas trabajadoras autónomas con personal a cargo en la Comunidad Autónoma de Galicia, para el año 2025.
Los incentivos estarán dirigidos a:
- Implantación de sistemas de gestión de Responsabilidad Social Empresarial (RSE). (Código de procedimiento TR357B)
- Fomento de la igualdad laboral en las empresas. (Código de procedimiento TR357C)
- Adopción de medidas de corresponsabilidad y conciliación de la vida familiar, personal y laboral. (Código de procedimiento TR357D)
Esta convocatoria busca promover un entorno laboral más equitativo, favoreciendo la integración de políticas de igualdad, conciliación y responsabilidad social dentro del tejido empresarial gallego.
CUANTÍAS DE LA AYUDA
- Subvención 80% de los costes, con un máximo de 2.000 €/empresa.
- Límite del 30% en gastos de consultoría.
TR357C – Elaboración e Implantación de Planes de Igualdad
Subvención 8.000 €/empresa. de:
- Diagnóstico previo de igualdad:
- Máx. 3.000 € (para empresas de hasta 20 personas trabajadoras).
- Máx. 5.000 € (para el resto de los casos).
- Elaboración del plan de igualdad:
- Máx. 1.500 €/empresa (hasta 20 personas trabajadoras).
- o Máx. 4.000 €/empresa (para empresas con más plantilla).
- Implantación de medidas prioritarias en la primera fase del plan:
- Máx. 1.000 €/empresa (hasta 20 personas trabajadoras).
- Máx. 2.000 €/empresa (para empresas con más plantilla)
- Máx. 1.000 €/empresa (hasta 20 personas trabajadoras).
- Contratación de personal experto en igualdad (mínimo un año de duración).
- Diagnóstico previo de igualdad:
- 2.000 €/puesto de trabajo, máx. 8.000 €/empresa
- +1.000 € extra si la empresa tiene tasa de ocupación femenina ≥ masculina.
- Presupuesto: 150.000 €
- 8.000 €/empresa
- +1.000 € extra si la empresa tiene tasa de ocupación femenina ≥ masculina.
- 80% del coste con un máx. de 1.500 €/trabajador beneficiario y hasta 20.000 €/empresa.
- +10% extra si la empresa tiene tasa de ocupación femenina ≥ masculina.
TIPO DE APOYO
TR347B – Implantación de sistemas de gestión de Responsabilidad Social Empresarial (RSE).
Se financiará la certificación, verificación o validación de códigos de conducta, normas o estándares relacionados con la Responsabilidad Social Empresarial (RSE), garantizando el cumplimiento de buenas prácticas en sostenibilidad, ética empresarial y gestión responsable.
Certificaciones elegibles:
- Conciliación y bienestar laboral:
- Empresa Familiarmente Responsable (EFR)
- Sello Horarios Racionales (SHR)
- Sostenibilidad y gestión ambiental:
- EMAS
- ISO 14000
- ISO 50001
- Ética y gobernanza:
- o Global Reporting Initiative (GRI)
- o United Nations Global Compact (Pacto Mundial)
- o ISO 37301 (Compliance Management Systems)
- o SGE 21 (Gestión Ética y Socialmente Responsable)
- o Global Accountability 1000 (AA 1000)
- Accesibilidad e inclusión:
- BEQUAL (Discapacidad e inclusión laboral)
- Seguridad y salud laboral:
- ISO 45001
- SA 8000 (Condiciones laborales y derechos humanos)
- IQNet SR10 (Responsabilidad Social Empresarial)
- UNE-ISO 21401 (Sostenibilidad en alojamientos turísticos)
- Conciliación y bienestar laboral:
Límite de costes:
- Los gastos de consultoría asociados a la certificación no podrán superar el 30% del total subvencionable.
TR357C – Elaboración e Implantación de Planes de Igualdad
Empresas con una plantilla de entre 10 y 49 personas trabajadoras.
Acciones financiadas:
- Diagnóstico de igualdad en la empresa desde una perspectiva de género.
- Diseño y elaboración del Plan de Igualdad, incluyendo medidas correctivas basadas en el análisis previo.
- Implementación de las acciones recogidas en el Plan de Igualdad durante su primer año de vigencia.
- Contratación de personal especializado en igualdad (categoría GC 1 o 2), con:
- Jornada completa y una duración mínima de 1 año.
- Titulación de grado y experiencia y/o conocimientos acreditados en materia de igualdad.
Compatibilidades:
La contratación de personal (apartado 4 es compatible con el diagnóstico, elaboración e implementación del Plan (apartados 1, 2 ,3)
Exclusiones: No podrán acceder a la ayuda para la contratación (apartado 4) las empresas de consultoría o asesoría que ofrezcan servicios de elaboración e implementación de Planes de Igualdad o formación en igualdad.
TR357D – Adopción de medidas de corresponsabilidad y conciliación de la vida familiar, personal y labora
1. Fomento del Teletrabajo (1 persona trabajadora)
Podrán acceder a la ayuda:
- Empresas que formalicen un acuerdo de teletrabajo con una persona trabajadora de la empresa, con jornada completa y al menos 1 año de antigüedad, asegurando una duración mínima de 2 años en esta modalidad.
- Empresas que contraten nuevo personal bajo un acuerdo de teletrabajo, con una duración mínima de 2 años a jornada completa.
2. Fomento de la Flexibilidad Horaria (5 personas trabajadoras)
Se incentivará la adopción de medidas de flexibilidad horaria en empresas que las establezcan a través de acuerdos internos o convenios colectivos.
3. Adquisición de Equipamiento Tecnológico para el Teletrabajo (1 persona trabajadora)
Podrán beneficiarse:
- Empresas que cuenten con un acuerdo de teletrabajo vigente en el momento de la solicitud.
- Ordenadores, dispositivos de acceso a internet y periféricos necesarios para el teletrabajo (como webcam, impresora, escáner y otros elementos de hardware).
- El objetivo es facilitar la digitalización y la implantación de soluciones tecnológicas que favorezcan la conciliación laboral y personal.
- Empresas del sector TIC no podrán solicitar la ayuda.
- Las ayudas para fomento del teletrabajo y flexibilidad horaria no son compatibles en la misma convocatoria
BENEFICIARIOS
Pymes, micropymes y autónomos con empleados por cuenta ajena, siempre que tengan domicilio social y centro de trabajo en Galicia.
Líneas II y III: También podrán solicitar la ayuda empresas con centros de trabajo en Galicia, aunque su domicilio social esté fuera de la comunidad.
Tasa mínima de estabilidad laboral:
- Las entidades solicitantes deben mantener una tasa de estabilidad laboral igual o superior al 50% desde el 01/01/2025 y durante todo el periodo de ejecución de la ayuda.
- Cálculo de la tasa: Solo se tendrán en cuenta los trabajadores con contrato indefinido a jornada completa.
Exclusiones: Empresas o grupos empresariales que ya hayan sido beneficiarios de estas ayudas en convocatorias anteriores para las mismas líneas o sublíneas.
PLAZOS
PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 01/02/2025 hasta 28/02/2025
PLAZO DE EJECUCIÓN: Desde 01/01/2025 hasta 31/10/2025
TIPO DE APOYO: Por puntos