SISUBVENCIONES – Asesoramiento y gestión de subvenciones a particulares, pymes, cooperativas y emprendedores

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N417Z- BONO ENERGÍA PYME 2025 2025

OBJETO

Fomentar proyectos de mejora energética para pymes y autónomos del sector servicios en Galicia, incluyendo medidas de ahorro, eficiencia energética, energías renovables y una mejor gestión energética.

CUANTÍAS DE LA AYUDA 80%

Subvención del 80% del coste elegible => máximo de 6.000€/sol.

Inversión mínima 1.000€*

 

*No aplicable al bono asesoramiento energético. Inv. Min. 200€

GASTOS SUBVENCIONABLES

1. Bono asesoramiento energético:

      •  Diagnósticos energéticos: Identificación de los equipos principales que consumen energía, análisis 
      • de consumos, propuestas de mejora en contratación y facturación energética, con estimación de 
      • costes y ahorros
      •  Auditorías energéticas: Además de lo anterior, incluye mediciones técnicas como análisis de combustión, termografía, y propuestas de mejora más detalladas (eficiencia energética, energías renovables, tele-gestión).

Consumo del centro de

trabajo (kWh/año)

Coste elegible máximo

diagnóstico (€)

Coste elegible máximo

auditoría (€)

5.000

500

1.000

> 5.000 ≤ 25.000

1.000

2.000

> 25.000 ≤ 100.000

2.000

4.000

> 100.000

3.500

7.500

     2.  Bono envolvente:

Instalación de elementos
de control solar
como toldos y láminas para mejorar el aislamiento
térmico. Solo se subvencionan toldos de colores blanco o negro (o sus variantes) sin publicidad.

 

3.  Bono iluminación:

Renovación de equipos de iluminación interior y exterior, incluidas vitrinas y rótulos, reemplazándolos por tecnología LED
con sistemas de control asociados para mejorar la eficiencia energética.

4. Bono instalaciones eléctricas: 

Mejoras en las instalaciones eléctricas, como renovación de transformadores, sistemas de alimentación 

ininterrumpida, compensación de energía reactiva y filtros economizadores

5.  Bono equipo:

Sustitución de electrodomésticos o maquinaria de uso comercial
(cafeteras, lavavajillas, neveras, etc.) por equipos con calificación
energética B o superior. Si no
tienen etiquetado oficial, se admite otro sistema como
Eurovent. Requiere la retirada del equipo antiguo y su entrega a un gestor
autorizado.

6.  Bono climatización:

Renovación de equipos fijos de climatización y producción de agua
caliente sanitaria, incluyendo sistemas como recuperadores de calor,
aislamiento de instalaciones, sistemas de enfriamiento gratuito y dispositivos de regulación basados en temperatura
exterior o CO2. Se exige calificación energética B o superior.

7  Bono inmótica:

Implementación de sistemas
domóticos o inmóticos
que mejoren la gestión energética, como
monitorización inteligente con capacidad de detección de consumos anómalos y
automatismos.

  1.  

Requisitos generales

          •  Las actuaciones deben estar claramente descritas en una memoria técnica.
          • Solo se subvencionan equipos o instalaciones nuevos que representen una mejora energética verificable respecto a la situación inicial 

Exclusiones:

 ü  a) Los gastos de legalización.

ü  b) El impuesto sobre el valor añadido (IVA).

ü  c) Los gastos que se realicen en pago de licencias, gastos sometidos a aranceles,

ü  adquisición de bienes de segunda mano y los recogidos con tal carácter en el artículo 29

ü  de la Ley 9/2007, de 13 de junio , de subvenciones de Galicia.

ü  d) No serán subvencionables las operaciones de mantenimiento (simple reposición de

ü  lámparas, reposición de elementos fungibles,… ).

ü  e) Las instalaciones de generación eléctrica fotovoltaica..

 

 

BENEFICIARIOS

  1.  

Pymes y autónomos con sede o centros de trabajo en Galicia, activos en el sector servicios según las secciones del CNAE especificadas.

 

SECCIÓN

DESCRIPCIÓN

DIVISIÓN

 

SECCIÓN G

Comercio al por mayor y al por

menor; reparación de vehículos a motor y motocicletas

 

45 a 47

SECCIÓN H

Transporte y almacenamiento

49 a 53

SECCIÓN I

Hostelería

55 a 56

SECCIÓN J

Información y comunicaciones

58 a 63

SECCIÓN K

Actividades financieras y de

seguros

64 a 66

SECCIÓN L

Actividades inmobiliarias

68

SECCIÓN M

Actividades profesionales,

científicas y técnicas

69 a 75

SECCIÓN N

Actividades administrativas y

servicios auxiliares

77 a 82

SECCIÓN P

Educación

85

SECCIÓN Q

Actividades sanitarias y de

servicios sociales

86 a 88

SECCIÓN R

Actividades artísticas, recreativas

y de entretenimiento

90 a 93

SECCIÓN S

Otros servicios

94 a 96

 

 

PLAZOS

PLAZO DE SOLICITUD:  Desde 17/01/2025 al 25/06/2025.

PLAZO DE EJECUCIÓN:  Entre el 01/01/2025 y el 01/10/2025.

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN:  Hasta el 01/10/2025

TIPO DE APOYO: Por orden de entrada (minimis)

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